Presentación de solicitudes
- Presentación de solicitudes por vía electrónica.
Posibilidad de realizar presentación electrónica de la solicitud cuando se cumplan los requisitos que se especifican a continuación:
Los interesados podrán realizar la presentación electrónicamente en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
El mencionado modelo deberá ser cumplimentado y presentado siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo poseer un certificado digital de persona física válido.
Los aspirantes que pueden acogerse a esta vía de presentación de la solicitud deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Disponer de certificado electrónico válido. Puede consultar la lista de certificados admitidos en la página Web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
c) Rellenar el campo Número de identificación (NIF) en el formulario, que deberá coincidir con el número del documento de identificación del certificado digital.
Importante: No podrán realizar la presentación electrónica de solicitudes, las personas que, aun cumpliendo los requisitos citados anteriormente, decidan no otorgar consentimiento, marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo de solicitud.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago electrónico de la tasa de derechos de examen en los términos descritos en el apartado anterior.
- Presentación de solicitudes por vía presencial.
- Modelo 790 de solicitud. Debidamente cumplimentado, firmado y validado por la entidad bancaria. Este último requisito no afecta a los aspirantes exentos del pago de la tasa, que lo sustituirán por los documentos acreditativos de su condición. Este impreso estará disponible a partir de mañana, martes 10 de septiembre, y lo podéis rellenar directamente desde la página del Ministerio en este link.
- El pago de la tasa de 30.49€, ingresándolo en el Tesoro Público a través de pago electrónico, siempre que el titular de la cuenta o de la tarjeta de crédito (no es necesario que seáis vosotros mismos) disponga de un certificado digital o, mediante su abono en cualquier entidad bancaria colaboradora, Banco Santander, BBVA, LaCaixa, Bankia, etc.
- DNI / Pasaporte / NIE / Identificación personal **
- Copia auténtica del Título Universitario o del resguardo acreditativo de solicitud, EXCEPTO las personas que hayan sido admitidas en cualquier convocatoria previa.
- Copia auténtica del Certificado de Notas expedido por vuestra Universidad, donde consten las notas de las asignaturas, la media global y la fecha de finalización de la carrera. En caso de que no lo aportéis, se os calificará con una media de 5 en el expediente individual.
- Si se han cursado estudios de Doctorado, deberá de aportarse Copia auténtica del título acreditativo.
- En su caso, Renuncia Previa a la Plaza: Para aquellos aspirantes que se presentan de nuevo al MIR tras haber aceptado una plaza previa en formación: La renuncia, previa y expresa, tendrá que haber sido comunicada, en el plazo de presentación de solicitudes, al Registro de Especialistas en Formación a través de la Comisión de Docencia, no siendo preciso aportar ninguna documentación en el momento de hacer la solicitud ni a lo largo del proceso selectivo. La falta de renuncia previa detectada por la administración sanitaria implicará la exclusión de la prueba y de todos los derechos derivados de la misma.
- Copia auténtica de los documentos que acrediten la exención o bonificación del abono de tasas, sea por desempleo, discapacidad o familia numerosa, SOLO para aquellos alumnos que marquen la casilla de NO verificación de datos de carácter personal.
**Firmando directamente la solicitud dais consentimiento al Ministerio a que verifique vuestros datos de carácter personal (DNI, SITUACIÓN DE DESEMPLEO, DISCAPACIDAD Y FAMILIA NUMEROSA) POR LO QUE NO ES NECESARIO QUE PRESENTÉIS COPIAS AUTÉNTICAS DE DICHA DOCUMENTACIÓN.
Nota 1: La copia auténtica se realiza aportando DOCUMENTO ORIGINAL ante el funcionario encargado de la recepción de los documentos.
Nota 2: Aquellos que se hayan presentado en alguna de las convocatorias anteriores, únicamente tendrán que aportar el modelo 790 con el pago de la tasa, y no hará falta aportar el resto de la documentación.
- Lugar de presentación de documentos.
Las solicitudes así generadas se presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común.
NO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS CUMPLIMENTADOS A MANO.
En el caso de que una persona presente varias solicitudes solo será tenida en cuenta la registrada en último lugar. Si se quiere modificar alguno de los datos de una solicitud se debe registrar una nueva solicitud, en el plazo de presentación de las mismas.
En el caso de que se decida registrar una nueva solicitud y haya tenido que realizarse de nuevo el abono de tasa a fin de poder concluir correctamente el procedimiento de solicitud, se podrá solicitar posteriormente la devolución de la cantidad abonada que corresponda.